Según los primeros antecedentes, la menor se encontraba bajo el cuidado de su padre durante un régimen de visitas autorizado por el Juzgado de Familia de Pudahuel.

La Brigada de Homicidios de la PDI informó que una menor dormía en una habitación cuya ventana no contaba con mallas de seguridad. En paralelo, el padre y su pareja descansaban en otro dormitorio, luego de haber compartido una celebración donde hubo consumo de alcohol.

Por razones que aún se investigan, la menor habría despertado y posteriormente cayó al vacío.

La Fiscalía Oriente instruyó diligencias para esclarecer completamente las circunstancias del hecho, incluyendo peritajes al departamento y toma de declaraciones.

El juzgado rechazó enviar al imputado a prisión preventiva, a pesar de que la Fiscalía solicitaba esta medida tras acusarlo de homicidio por omisión.

El Ministerio Público argumentaba que el padre actuó con dolo. Sostenían esto basándose en su conducta y en que ignoró la orden judicial previa de colocar una malla de seguridad en la ventana de la habitación, una condición que se le había impuesto al establecer el régimen de visitas de la menor.

Sin embargo, el Cuarto Juzgado de Garantía determinó que el trágico hecho respondió a una negligencia. Por esta razón, modificó la calificación del cargo a cuasidelito de homicidio, un delito con castigos considerablemente más bajos.

A raíz de este cambio, el tribunal ordenó el arraigo nacional y la firma periódica del acusado. La Fiscalía presentó un recurso de apelación de forma inmediata, por lo que la Corte de Apelaciones tendrá la última palabra sobre su ingreso a prisión.

En tanto el tribunal superior resuelve la situación, el hombre permanecerá bajo arresto en tránsito.

El caso reabre el debate sobre la seguridad en departamentos en altura y la necesidad de instalar protecciones en ventanas y balcones cuando hay menores de edad en el hogar.