Chile enfrenta una transformación social irreversible. Según datos del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), en apenas dos años, para el 2028, el país albergará a más personas mayores de 64 años que a menores de 15. Las proyecciones a largo plazo son aún más drásticas: para el año 2045 los primeros triplicarán a los segundos, y hacia el 2070 la relación será de casi 600 adultos mayores por cada 100 menores de 15 años.
Ante esta urgencia demográfica, el Congreso despachó la Ley de Promoción del Envejecimiento Digno, Activo y Saludable. Tras superar su control en el Tribunal Constitucional, la norma quedó lista para su promulgación por el Poder Ejecutivo, marcando un hito en la arquitectura jurídica de la nación. “Es un significativo avance y una respuesta a todas las personas mayores que esperan y anhelan un nuevo trato”, afirmó la ministra de Desarrollo Social y Familia, María Jesús Wulf.
La declaración de principios para la vejez
El corazón de la nueva legislación es un catálogo que consagra 15 derechos fundamentales garantizados para las personas mayores, diseñado para alinearse con las directrices de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por Chile en 2017.
Esta carta de derechos busca sacar a los ancianos del rol de sujetos de asistencia caritativa y consolidarlos como sujetos de derechos plenos. Entre las garantías explícitas aprobadas se encuentran:
Igualdad y no discriminación arbitraria por motivos de edad.
Trato digno y respetuoso, con acceso preferente a la atención.
Acceso a la justicia y la creación de una instancia de defensa legal ante vulneraciones.
Derecho a la independencia, la autonomía y a una vida libre de violencia.
Garantías de bienestar: acceso a la salud con consentimiento informado, educación, conectividad, privacidad y al trabajo protegido.

Trabajar por elección y no por obligación: Las nuevas reglas del empleo senior
Una de las innovaciones más tangibles de la ley es la creación de un contrato de trabajo especial dentro del Código del Trabajo, exclusivo para mayores de 60 años. Este mecanismo introduce una flexibilidad inédita en la jornada laboral para que el trabajador pueda pactar libremente la distribución de sus horas con el empleador, ya sea para complementar su jornada normal o administrar su tiempo según sus necesidades de salud o cuidado.
El contrato incluye una cláusula que permite suspender las labores —y la remuneración— por mutuo acuerdo, sin perder la antigüedad ni los derechos contractuales. Durante este periodo de pausa, la persona queda facultada para prestar servicios a otros empleadores. Asimismo, se regula el uso anticipado de vacaciones en proporción al tiempo trabajado.

Los puntos ciegos del presupuesto y la salud
A pesar del optimismo legislativo, expertos y parlamentarios advierten sobre severas dificultades prácticas. Uno de los flancos más críticos es el déficit presupuestario del Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama). La nueva ley le asigna a este organismo la tarea de diseñar políticas públicas y descentralizar la gestión mediante nuevas direcciones regionales. Sin embargo, analistas advierten que la dotación de personal y los recursos financieros no aumentaron en la misma proporción que las nuevas responsabilidades.
La crisis es aún más evidente en el sector salud. Chile cuenta actualmente con menos de 300 geriatras, cuando los estándares de la Organización Mundial de la Salud (OMS) exigen un piso mínimo de 600 especialistas para la población actual. Formar a un geriatra toma al menos 12 años, y el 90% de los profesionales activos ejerce en el sistema privado de Santiago, dejando a las regiones en un abandono casi total.
Adicionalmente, el país registra una demanda de cuidados que supera los 400 mil adultos mayores, pero la oferta formal apenas cubre a unas 25 mil personas a nivel nacional.

Más allá de las leyes: La urgencia de una reforma integral
Especialistas del sector apuntan a que esta ley es un avance necesario, pero insuficiente si no se conecta con discusiones estructurales como la reforma al sistema de pensiones. Sostener la calidad de vida en la vejez no depende únicamente de la protección legal contra el maltrato, sino de garantizar ingresos económicos dignos que financien la canasta básica y los gastos médicos en aumento.
El desafío inmediato radica en la implementación territorial. El éxito de la ley dependerá de que las nuevas corporaciones de defensa judicial y el acceso a la justicia no se transformen en un privilegio centralizado y sean una realidad accesible para los adultos mayores de las comunas más rezagadas del país.


