La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Antofagasta revocó la resolución del Juzgado de Garantía local y ordenó remitir la investigación de la arista madre del Caso Convenios al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago.

El tribunal de alzada acogió los argumentos de las defensas de Daniel Andrade, Carlos Contreras y la exdiputada Catalina Pérez, determinando que el principio de ejecución de los delitos investigados —como fraude al FISCO y lavado de activos— se originó en la comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana.

Esto se fundamenta en la suscripción previa de un contrato de arriendo considerado ideológicamente falso para fijar el domicilio de la fundación y realizar sus trámites iniciales ante el Servicio de Impuestos Internos (SII), rechazando así las apelaciones presentadas por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y el Ministerio Público, que buscaban retener la causa en el norte del país bajo el argumento del perjuicio fiscal provocado en la zona.

El traslado de la causa al Octavo Juzgado de Garantía de Santiago ocurre en una etapa avanzada de la investigación penal, caracterizada por una severa escalada en las imputaciones del Ministerio Público:

Daniel Andrade y Carlos Contreras: Ambos imputados principales por fraude al FISCO y lavado de activos cumplieron inicialmente periodos de prisión preventiva en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Antofagasta, medida que posteriormente fue sustituida por arresto domiciliario total y arraigo nacional a medida que se completaron las diligencias clave.

Catalina Pérez: La ex diputada por la Región de Antofagasta enfrenta un escenario procesal complejo. En mayo de 2025 fue desaforada por la Corte Suprema luego de que se acreditaran antecedentes suficientes que la posicionan como autora colaboradora en tres delitos consumados de fraude al FISCO. Esto allanó el camino para su inminente formalización y la solicitud de medidas cautelares intensas, las cuales ahora deberán discutirse en los tribunales de Santiago.

¿Cómo fue la decisión de los Ministros de Corte?

En su mayoría, los ministros determinaron que el delito de fraude comenzó formalmente en Santiago, por ende, las gestiones posteriores en el norte fueron catalogadas como la consumación, pero no el origen geográfico del ilícito. El voto disidente fue del abogado integrante Fernando Orellana. Su argumento sostiene que el delito de fraude al FISCO es de carácter funcionario y exige el ejercicio del cargo público de Carlos Contreras como Seremi de Vivienda, evento ocurrido físicamente en Antofagasta. Además, advirtió que otras aristas agrupadas en la misma causa (como las fundaciones Tomarte, Fibra y Fusupo) poseían un arraigo fáctico netamente regional.

La Fiscalía apunta a penas de crimen por el carácter reiterado de los fraudes que superan los $426 millones de pesos en la arista Democracia Viva.